Sanciones severas esperan a los infractores en el uso de cámaras de vehículos

Advertencias oficiales sobre el uso aleatorio de cámaras de vigilancia en vehículos
En una medida destinada a proteger la vida privada de los ciudadanos, la Comisión Nacional de Control de la Protección de Datos de Carácter Personal (CNDP) ha emitido advertencias contundentes sobre el fenómeno de instalar cámaras de vigilancia dentro y fuera de los vehículos. El organismo subrayó que esta acción no es una libertad absoluta, sino que está sujeta estrictamente a las disposiciones de la Ley n.º 09.08.
Principio de necesidad y proporcionalidad: una línea roja en la protección de datos
La comisión enfatizó que el deseo de proteger los vehículos o los bienes personales no justifica bajo ninguna circunstancia someter a los pasajeros o usuarios de la vía a procesos de vigilancia permanente y continua. Explicó que la grabación debe respetar el «principio de necesidad y proporcionalidad», ya que la privacidad de las personas no puede ser sacrificada en favor de una protección material sin controles legales claros.
Sanciones graves que pueden incluir cárcel
La comisión destacó que las consecuencias legales de grabar a personas sin su conocimiento, conservar imágenes sin justificación o transferirlas a partes no autorizadas pueden ser severas. Las sanciones se desglosan de la siguiente manera:
- Multas económicas: Desde 10 000 hasta 100 000 dirhams en caso de no declarar ante la comisión o falta de autorización previa.
- Penas de cárcel y multas duplicadas: En casos de recopilación ilícita de datos, uso para fines no especificados o almacenamiento prolongado, la sanción puede alcanzar un año de prisión y 200 000 dirhams de multa.
- Uso abusivo: En caso de facilitar imágenes a personas no autorizadas, la sanción puede endurecerse hasta un año de prisión y 300 000 dirhams.
Estatus especial para coches de alquiler y transporte por aplicación
En cuanto a las empresas de alquiler de coches, la comisión afirmó que la protección del vehículo es un interés legítimo, pero que no otorga a los propietarios el derecho absoluto de vigilar a los pasajeros y seguir sus pasos. Respecto a los vehículos de transporte por aplicaciones no autorizados, la comisión ha cerrado el paso a cualquier intento de legitimar la vigilancia de los pasajeros, asegurando que no se puede autorizar la recopilación de datos de pasajeros en una actividad que, originalmente, no está regulada legalmente.
Cabe señalar que la Comisión Nacional se prepara para emitir una nueva deliberación que pondrá los puntos sobre las íes y definirá, de manera precisa y detallada, las directrices técnicas y legales para el uso de cámaras de vigilancia en vehículos y en diversos espacios públicos y privados en Marruecos.





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