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Por un defecto de forma, el Tribunal Constitucional pospone el examen de la ley de la abogacía

En un nuevo desarrollo en la vía legislativa para la reforma del sistema judicial, el Tribunal Constitucional reveló que le resulta imposible dictaminar sobre la conformidad con la Constitución de la Ley n.º 66.23 sobre la profesión de la abogacía, tras detectarse un fallo de procedimiento en los documentos adjuntos al expediente de remisión enviado por la presidencia de la Cámara de Representantes.

Detalles del defecto de forma en el expediente de remisión

La institución judicial explicó, en su resolución n.º 277/26 m.d., que la solicitud presentada no incluía la redacción final del texto legislativo tal como fue debatido y aprobado por la Cámara de Consejeros durante la segunda lectura. En lugar de adjuntar el texto definitivo, el expediente contenía un informe emitido por la Comisión de Justicia, Legislación y Derechos Humanos con la versión del proyecto aprobada previamente por la Cámara de Representantes, lo que supuso un impedimento legal que impidió al Tribunal ejercer sus competencias de control constitucional.

Alegaciones institucionales y lectura de los fundamentos

El expediente no se limitó a correspondencia administrativa; el órgano constitucional revisó asimismo un conjunto de observaciones escritas presentadas por parlamentarios de ambas cámaras, así como memorandos aclaratorios del jefe de Gobierno y del presidente de la Cámara de Consejeros. Esta decisión pone de relieve la importancia de la rigurosidad en la gestión de los procedimientos legislativos y la integridad de los documentos intercambiados entre las instituciones legislativa y judicial, con el fin de garantizar un control constitucional adecuado sobre las normas que regulan las profesiones judiciales en el Reino.

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